lunes, 6 de julio de 2015

‪‎AGUINALDO‬ POR FIESTAS PATRIAS DE S/. 300 PARA EL SECTOR PÚBLICO

El Ministerio de Economía y Finanzas ha fijado un aguinaldo por Fiestas Patrias de 300 soles para los trabajadores del sector público, el cual se hará efectivo por única vez en la planilla de pago de julio del 2015.
Se otorgará a los funcionarios y servidores nombrados y contratados que pertenecen a los regímenes del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944, a los obreros del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y Policiales, así como a los pensionistas de las leyes N° 15117, 19846, 20530 y 28091.
El requisito para percibir este beneficio es haber estado laborando al 30 de junio del presente año. Asimismo, se debe tener una antigüedad no menor de tres meses (al 30 de junio), caso contrario, el pago se otorgará en forma proporcional a los meses laborados.
Somos un Estudio de Abogados especializado en Derecho Laboral.

miércoles, 24 de junio de 2015

A PARTIR DE MAÑANA SE PODRA RETIRAR EL EXCEDENTE DE CUATRO REMUNERACIONES DE LOS DEPOSITOS DE ‪#‎CTS‬ ¿YA SABE COMO HACERLO? SE LO DECIMOS AQUI

Hoy se publicó en el diario oficial El Peruano la ‪#‎Ley30334‬, que da mayor disponibilidad a la Compensación por Tiempo de Servicios (y que exonera de descuentos a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad de manera permanente), pudiendo los trabajadores -a partir del día de mañana- retirar libremente el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas de los depósitos de CTS que tengan acumulados a la fecha. Esto significa que solo podrán hacerlo los trabajadores que vengan laborando para una misma empresa por mas de cuatro años.
¿COMO GESTIONAR EL RETIRO?
1- El trabajador deberá presentar una solicitud a su empleador manifestando su voluntad de retirar los depósitos de CTS (exceso de cuatro remuneraciones).
2- La empresa tendrá que emitir una carta a la institución financiera en la que el trabajador tiene dichos depósitos, indicando el monto intangible y saldo disponible. El tiempo para realizar dicho trámite variará en cada empresa, puesto que esta pendiente la emisión del Reglamento de la Ley, en el cual deberá establecerse un plazo máximo.
3- Una vez emitida la carta referida por el empleador, el trabajador podrá acercarse a la institución financiera para hacer efectivo el cobro.
Somos abogados especialistas en Derecho Laboral, no dude en contactarse con nosotros.

jueves, 11 de junio de 2015

PADRES EN SUECIA RECIBIRAN 1 MES EXTRA DE LICENCIA PAGADA PARA CUIDAR A SUS HIJOS

Suecia aprobará una norma que otorga a los padres un mes extra de‪#‎LicenciaPagada‬ para cuidar a sus hijos, adicional a los 16 meses que vienen gozando (que pueden repartirse entre la pareja, con dos meses definidos a tomar por el padre), mientras que en Usa no existe ni la licencia por maternidad. Sin duda, un excelente ejemplo a seguir.http://www.upsocl.com/comunidad/padres-en-suecia-recibiran-1-mes-extra-de-licencia-pagada-para-cuidar-a-sus-hijos/

martes, 9 de junio de 2015

TRECE IDEAS PRACTICAS SOBRE EL TRABAJO (Por Inés Temple).

El trabajo no es un derecho, los trabajadores nunca son seguros y tampoco indispensables, siempre hay quien puede y quiere hacer nuestro trabajo por menos dinero y hasta con más entusiasmo, el jefe es nuestro principal cliente y es vital cumplir bien con el trabajo hasta el último minuto (previo a una renuncia). Esto y mucho más en este interesante artículo sobre TRECE IDEAS PRACTICAS SOBRE EL TRABAJO (Por Inés Temple).
1. Todos los trabajadores son temporales. Nunca son seguros. Pueden durar meses o años, pero solo duran mientras convenga a ambas partes. Siempre cambian, y a veces sorpresivamente. Es vital estar siempre atentos al mercado para anticiparnos a cambios inevitables y para encontrar pronto el siguiente trabajo.
2. El trabajo no es un derecho, nos lo tenemos que ganar cada día otra vez, por pesado que eso suene. Nadie está obligado a mantenernos en un trabajo si nuestros servicios ya no son necesarios o satisfactorios.
3. Un excelente desempeño o gran lealtad tampoco garantizan un trabajo seguro. Incluso quienes tienen CV espectaculares, buenos contactos y altos niveles de empleabilidad, a veces se quedan sin trabajo y deben salir a encontrar otro pronto.
4. Muchos años en un mismo trabajo obliga a concentrarnos más que nunca en nuestra performance y vigencia. Siempre hay quien puede y quiere hacer nuestro trabajo por menos dinero y hasta con más entusiasmo.
5. Es mala idea continuar en un trabajo que no nos da ninguna satisfacción, ya que eso claramente impacta en nuestra actitud y desempeño, y por ende, en nuestra reputación. Conseguir otro nunca es fácil, pero no tratar de hacerlo es un “suicidio profesional”.
6. La buena actitud es clave en el trabajo. Las ganas de aprender, la buena disposición –y ojala pasión- pueden incluso compensar la falta de experiencia. Pero nada sustituye el superar las expectativas sobre nuestro desempeño y contribución. Eso nos convierte en recursos estratégicos, aunque jamás en indispensables.
7. Los trabajadores son magníficas oportunidades para aprender, crecer y desarrollarnos. Pero nos pagan por agregar valor cuantificable y medible, cumplir con indicadores y generar resultados; claramente no solo por asistir a trabajar.
8. Es importante reconocer como proveedores de servicios profesionales, responsables por su calidad, vigencia y competitividad. Estar en planilla supone que tenemos un solo cliente para nuestros servicios. Esos nos obliga a enfocarnos mucho en la satisfacción de ese, nuestro único cliente.
9. El jefe representa a la organización que contrata nuestros servicios. Es nuestro principal cliente (nos guste o no). Su opinión sobre nosotros tendrá un gran impacto en nuestras carreras, incluso muchos años después. Pares, subordinados, clientes y proveedores son también nuestros clientes.
10. La tecnología, la curiosidad, el inglés, la buena redacción y expresión oral (hacer presentaciones efectivas), la discreción, los buenos modales, el carisma, la madurez en las relaciones personales, entre otras, son habilidades que generan valor competitivo para el trabajo. La complacencia y la arrogancia dañan la carrera; el mal comportamiento y la falta de ética, la destruyen.
11. Si renunciamos a una posición (o nos desvinculan) es vital cumplir bien con el trabajo hasta el último minuto. Las referencias sobre nuestro trabajo pueden ser positiva o negativamente afectada por la actitud con la que nos vieron trabajar los últimos días.
12. Desarrollar nuestra carrera como nuestro mejor negocio propio hace milagros por nuestra empleabilidad. Es una actitud que nos diferencia por estar enfocado en resultados, en crecimiento y sobre todo en la satisfacción del cliente.
13. La vida da muchas vueltas. Cuidar nuestra marca personal siempre paga bien. Nada como muchos clientes satisfechos para dar buenas referencias sobre la calidad de nuestro trabajo.
Fuente: Diario “El Comercio”.

jueves, 28 de mayo de 2015

TIP LABORAL DE LA SEMANA

 Si el trabajador no cuenta con un‪#‎ContratoDeTrabajoEscrito‬ desde el inicio de la prestación de servicios, la relación laboral se convierte en indeterminada y, no se puede regularizar posteriormente con la suscripción de contratos de trabajo a plazo fijo (Casación de la Corte Suprema N° 7647-2014 Tacna).
En el Perú existen dos formas de contratación laboral: Indeterminado y a plazo fijo.
CONTRATO INDETERMINADO
O llamado también indefinido, es aquel que tiene una fecha de inicio pero no una fecha de finalización, por tanto perdura en el tiempo hasta que se produzca una causa justificada que amerite su culminación (despido justificado, renuncia, etc). Se pueden celebrar en forma verbal o escrita y no se requiere su registro ante el Ministerio de Trabajo. Con la colocación en planillas y entrega de boletas de pago se le consideraría al trabajador como contratado a plazo indeterminado.
CONTRATO A PLAZO FIJO
Se le conoce también como sujeto a modalidad y, es la que tiene una fecha de inicio y una fecha de finalización. Es un sistema de contratación excepcional (en el Perú es la regla) y solo se debería utilizar cuando existan causas objetivas que lo justifiquen: Inicio o incremento de actividad, necesidades del mercado (es la más utilizada para su uso fraudulento) suplencia (reemplazo temporal de trabajador permanente), obra determinada o servicio específico, temporada (navidad por ejemplo), etc.
USO FRAUDULENTO DE LA CONTRATACION A PLAZO FIJO
En el Perú el 60% de trabajadores suelen laborar bajo contratos a plazo fijo y el 40% bajo contratos indeterminados. Los empleadores utilizan fraudulentamente la contratación sujeta a modalidad para evitar los costes y tramites del despido, optando por “no renovarles” el contrato a sus trabajadores.
Pero si se acredita una utilización indebida de esta forma de contratación puede generar una reposición o indemnización por despido injustificado a favor del trabajador, además de multas para el empleador, debido a que -en aplicación del Principio de Primacía de la Realidad- se asume que realmente existe un contrato a plazo indeterminado, el cual requiere de una causa justa de despido.
De no suscribirse el contrato apenas se ingrese a laborar, el trabajador puede negarse a suscribir el contrato posteriormente para “regularizarlo” (poniéndole fecha anterior), puesto que ya habrá obtenido la estabilidad laboral y el empleador no podrá despedirlo sin mediar una causa justa.
Estos contratos fijos deben celebrarse necesariamente por escrito y presentarse ante el Ministerio de Trabajo dentro de los 15 días posteriores, justificando la causa objetiva que motiva la contratación. El incumplimiento de esta formalidad tendría como consecuencia que la contratación se convierta en indefinida, lo que conllevaría a los efectos descritos anteriormente.
Somos abogados especialistas en Derecho Laboral, brindamos un servicio integral a Empleadores, Trabajadores y Sindicatos, satisfaciendo todos sus requerimientos y solucionando sus contingencias en función a sus necesidades.
No dude en comunicarse con nosotros:
Virrey Toledo 360, San Isidro.
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jueves, 21 de mayo de 2015